Florida es conocido por sus estrictas leyes de protección de viviendas. Muchos residentes de otros estados se mudan a Florida para disfrutar de las leyes de vivienda más protectoras de los Estados Unidos. Por lo tanto, ¿acaso se puede poner un gravamen a una propiedad familiar en Florida?
Debido a las dudas y controversias que genera esta cuestión, el equipo de Jurado & Associates, P. A. ha creado esta guía. Aquí podrá averiguar si se puede poner un gravamen a una propiedad familiar o no.
¿Qué Dice La Ley Sobre Si Se Puede Poner Un Gravamen a una Propiedad Familiar en Florida?
La propiedad familiar (Homestead) es el lugar de la residencia principal de uno. El derecho a reclamar la exención de vivienda familiar se expresa en el Artículo X de la Constitución de Florida.
Sobre si se puede poner un gravamen a una propiedad familiar y la Constitución de Florida
La Sección 4(a) del Artículo X establece que la propiedad de un residente de Florida “estará exenta de venta forzosa bajo proceso de cualquier tribunal, y ninguna sentencia, decreto o ejecución constituirá un gravamen sobre la misma, excepto por:
- El pago de impuestos y tasaciones sobre los mismos
- Obligaciones contraídas para la compra
- Mejora o reparación de los mismos
- Obligaciones contraídas por cualquier trabajo realizado en el inmueble”
Más detalles sobre si se puede poner un gravamen a una propiedad familiar en Florida
La Sección 4(a)(1) del Artículo X define los límites de una propiedad como:
- “Si está ubicado fuera de un municipio, hasta la extensión de ciento sesenta acres de terrenos contiguos y sus mejoras, los cuales no podrán ser reducidos sin el consentimiento del dueño por motivo de inclusión posterior en un municipio, o
- Si está ubicado dentro de un municipio, hasta la extensión de medio acre de terreno contiguo, sobre el cual la exención se limitará a la residencia del propietario o de la familia del propietario”
La exención también abarca bienes muebles por valor de hasta mil dólares. La Sección 4(b) extiende la exención al cónyuge sobreviviente del propietario y herederos relacionados. Cuando el dueño de la propiedad familiar fallece, el cónyuge sobreviviente y los herederos pueden recibir la propiedad libre del reclamo de los acreedores.
Análisis Detallado Sobre Si Se Puede Poner Un Gravamen a una Propiedad Familiar en Florida
La Sección 4(a) del Artículo X establece expresamente que la propiedad familiar de la Florida no está exenta del “pago de impuestos y tasaciones sobre la misma, obligaciones contraídas para la compra, mejora o reparación de la misma, u obligaciones contraídas para la casa, el campo u otro trabajo realizado en la realidad.”
Por lo tanto, la Constitución de Florida no protege la propiedad familiar contra:
- Gravámenes fiscales
- Gravámenes hipotecarios
- Gravámenes de evaluación
- Gravámenes mécanicos
Por ejemplo, si el dueño de una casa no paga el monto pendiente de una hipoteca vinculada a la propiedad, el prestamista tiene derecho a poner un gravamen a la propiedad. Otro ejemplo sería un gravamen impuesto por un contratista al que no se le ha compensado por sus servicios o materiales utilizados en la mejora de la propiedad.
Los escenarios que involucran la copropiedad de una propiedad familiar a menudo terminan en gravámenes no exentos puestos a la propiedad.
Si una propiedad familiar se posee mediante tenencia en común o tenencia conjunta con derechos de supervivencia, es posible que la propiedad compartida no proteja el estatus de propiedad familiar del inmueble si uno de los propietarios no reside en ella.
En este contexto, una demanda contra el copropietario que no vive en la propiedad puede resultar en un gravamen sobre el título de propiedad. En el caso de una venta judicial obligatoria, los copropietarios no responsables tienen derecho a la parte proporcional de las ganancias de la venta.
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