Vivir en Florida como residente permanente es el sueño de toda la vida de muchas personas en los Estados Unidos. En comparación con otros estados, eel Sunshine State ofrece las leyes de protección de vivienda más fuertes.
Por ello, resulta interesa saber si se puede renunciar a los derechos de vivienda en Florida (Homestead), lo cual puede ser útil para ciertos propósitos.
Siga leyendo esta guía del equipo de Jurado & Associates, P. A. para que pueda aprender si se puede renunciar a los derechos de vivienda en Florida, y en caso sea factible, cómo puede hacerlo.
¿Se Puede Renunciar a los Derechos de Vivienda en Florida? – Lo Básico Sobre La Exención Homestead
El término “vivienda” se refiere a la residencia principal de uno. Los residentes de Florida tienen derecho a un alto nivel de protección contra los reclamos de los acreedores a través de la exención de vivienda del estado, cuyo nombre en inglés es Homestead Exemption.
¿Qué dispone la Constitución de Florida sobre renunciar a los derechos de vivienda en Florida y la Exención?
Según lo dispuesto por la Constitución de Florida (Artículo X, Sección 4), la vivienda de un residente “estará exenta de venta forzosa bajo proceso de cualquier tribunal, y ningún juicio, decreto o ejecución constituirá un gravamen sobre la misma, excepto por:
- El pago de impuestos y tasaciones sobre los mismos,
- Obligaciones contraídas para la compra, mejora o reparación de los mismos, o
- Obligaciones contraídas por casa, campo u otro trabajo realizado en el inmueble”
En el mismo artículo, la Sección 4 (b) establece expresamente que “estas exenciones alcanzarán al cónyuge supérstite o a los herederos del propietario”.
Más detalles sobre renunciar a los derechos de vivienda en Florida y la exención Homestead según la ley
La sección 4 (c) agrega que “la propiedad familiar no estará sujeta a herencia si al propietario le sobrevive el cónyuge o un hijo menor de edad, excepto que la propiedad familiar puede ser otorgada al cónyuge del propietario si no hay un hijo menor de edad”.
Si el propietario de la vivienda está casado, se requiere el consentimiento del cónyuge para hipotecar, vender o regalar la propiedad. Al mismo tiempo, las leyes de propiedad familiar de Florida protegen los derechos de herencia y otorgan una protección de activos superior con excepciones estrictamente limitadas.
Análisis Detallado Sobre Si Es Posible Renunciar a los Derechos de Vivienda en Florida
La ley de Florida autoriza a los residentes a renunciar a sus derechos de propiedad siempre que se cumplan las condiciones legales para ello. Antes de 2018, la única opción legal para renunciar a los derechos maritales sobre una vivienda familiar se basaba en los Estatutos de Florida 737.702.
Según los Estatutos de Florida 732.702 (1), los derechos de un cónyuge sobreviviente a una propiedad familiar “pueden renunciarse, total o parcialmente, antes o después del matrimonio, mediante un contrato, acuerdo o renuncia por escrito, firmado por la parte que renuncia en presencia de dos testigos firmantes.”
Con la ayuda de un abogado, el cónyuge redactaría un contrato para renunciar a sus derechos conyugales sobre la propiedad familiar.
Otros métodos para Renunciar a los Derechos de Vivienda en Florida
A partir de 2018, los habitantes de Florida cuentan con otra alternativa legal para renunciar a los derechos de propiedad. El Legislativo de Florida ratificó el Proyecto de Ley del Senado 512, que se hizo efectivo el 1 de julio de ese mismo año. En la actualidad, un cónyuge puede renunciar a sus derechos de propiedad a través de una escritura.
Los Estatutos de Florida 732.7025 (1) establecen que “un cónyuge renuncia a sus derechos como cónyuge sobreviviente con respecto a las restricciones del dispositivo bajo s. 4(c), art. X de la Constitución del Estado si en una escritura se incluye el siguiente lenguaje o sustancialmente similar:
“Al ejecutar o unirme a esta escritura, tengo la intención de renunciar a los derechos de vivienda que de otro modo impedirían que mi cónyuge diseñe la propiedad de vivienda descrita en esta escritura a otra persona que no sea yo”.
Más detalles sobre los estatutos para renunciar a los derechos de vivienda en Florida
Como se establece en los Estatutos de Florida 732.7025 (2), el lenguaje de renuncia utilizado en la escritura no constituye una renuncia a la protección frente a las reclamaciones de los acreedores mientras el propietario aún esté vivo o después de su fallecimiento.
Una vez que un cónyuge renuncia a sus derechos de vivienda en Florida, el titular de la propiedad puede hipotecar, vender, donar o transferir el bien a otra persona sin requerir el consentimiento del cónyuge.
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