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Protección de la propiedad familiar en Florida

La Constitución de Florida define la propiedad familiar como la residencia principal del propietario, que debe cumplir con ciertos requisitos con respecto al tamaño y la contigüidad. La Constitución de Florida ofrece varias formas de protección para la vivienda familiar de un residente del Estado de Florida, algunas de las cuales son significativamente relevantes cuando se trata de sucesiones de Florida. Específicamente, el Artículo 10, Sección 4 de la Constitución de Florida prohíbe la venta de la propiedad familiar para satisfacer reclamos de acreedores, con solo unas pocas excepciones. Además, la Constitución de Florida restringe el derecho del propietario a legar la propiedad familiar a través de una última voluntad y testamento si al propietario le sobreviven un hijo menor o un cónyuge.

La protección de la propiedad familiar de una venta forzosa entra en juego cuando la propiedad familiar es el activo más importante de la herencia de un difunto y los activos restantes de la herencia son insuficientes para pagar todas las reclamaciones válidas de los acreedores que se han presentado en su contra. Está bien establecido entre los tribunales de sucesiones de Florida que la protección de la propiedad de una venta forzada para satisfacer las reclamaciones de los acreedores contra la herencia del difunto beneficia a los herederos de la herencia. En consecuencia, siempre que una propiedad familiar pase a un heredero de acuerdo con las leyes de Florida sobre el intestado, la propiedad familiar estará protegida de una venta forzosa para satisfacer las reclamaciones de los acreedores contra la propiedad.

Las restricciones constitucionales sobre la división entran en juego claramente cuando se trata de sucesiones, así como de planificación patrimonial. Esta restricción promueve el principio subyacente detrás de la protección del hogar: la residencia de la familia debe ser protegida. Por esa razón, al redactar los testamentos y fideicomisos de Florida, es importante tener en cuenta que, según la ley de Florida, no se puede legar una vivienda ocupada por el hijo menor y / o el cónyuge de un propietario fallecido. Sin embargo, si el propietario no tiene cónyuge o hijo menor, el propietario puede legar la vivienda sin ninguna restricción. Como se mencionó anteriormente, la protección contra los acreedores proporcionada a la propiedad familiar de la Florida afectará al beneficiario siempre que el beneficiario sea un heredero del difunto de acuerdo con las leyes de la Florida de sucesión intestada.

Como se mencionó anteriormente, la protección de la propiedad familiar bajo la Constitución de Florida proporciona una serie de protecciones para las personas que reclaman la propiedad como su residencia principal. Aparentemente, el propósito de proteger la vivienda familiar en Florida, originalmente, era proteger al cónyuge de un difunto que no era confiable. En este contexto, un ejemplo de un cónyuge poco confiable sería alguien que creó deudas importantes a través del juego. En un caso como este, un acreedor en Florida no podría forzar la venta de la propiedad familiar por las deudas de juego incurridas por el cónyuge no confiable.

Sin embargo, la exención de propiedad familiar de Florida no protege la propiedad de las ventas por deudas de impuestos a la propiedad, gravámenes de construcción, hipotecas, evaluaciones especiales o gravámenes de proveedores. Además, la propiedad familiar en Florida solo está protegida hasta una cierta cantidad de tierra; específicamente: hasta 1/2 acre de propiedad dentro de un municipio y hasta 160 acres de propiedad fuera de un municipio. Cualquier cosa más allá de estos límites puede ser obligada a vender por los acreedores del patrimonio.

Además de los beneficios mencionados anteriormente, la exención de vivienda de la Florida también permite una exención del impuesto a la propiedad de una cantidad de $ 25,000 de los valores de tasación de la ciudad, el condado y la junta escolar. También existen otras exenciones tributarias de vivienda familiar, como para aquellos cuyos cónyuges han fallecido, los que tienen cierta edad y los que tienen discapacidades.

Para obtener la exención de vivienda familiar, el propietario debe presentar una solicitud en la oficina del tasador de propiedades del condado con documentos de propiedad de la vivienda.

Es importante mencionar que, según la enmienda “Salvemos nuestras casas” a la Constitución de Florida, la cantidad que el valor tasado de la propiedad familiar en Florida puede aumentar cada año está estrictamente limitada a solo el 3% o el cambio porcentual en el precio al consumidor. Índice, la cantidad que sea menor.

Jurado y Farshchian, P.L. – Su bufete de abogados testamentarios de Florida

En nuestro bufete de abogados testamentarios de Miami, Jurado & Farshchian, P.L., manejamos casos que involucran todos los asuntos relacionados con la sucesión testamentaria de Florida.

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