En un matrimonio, las parejas comparten más que amor y respeto mutuo: comparten bienes. Una escritura es un documento legal que otorga el título de propiedad de una propiedad a una o varias personas. Sin embargo, ¿qué derechos tengo si mi nombre no está en la escritura pero estoy casado en Florida?
Esta suele ser una situación común, en la que el nombre de uno de los cónyuges no esté inscrito en la escritura de la propiedad. Es por ello que el equipo de Jurado & Associates, P. A. ha creado esta guía, para que encuentre respuesta a qué derechos tengo si mi nombre no está en la escritura pero estoy casado.
¿Qué Derechos Tengo Si Mi Nombre No Está en la Escritura Pero Estoy Casado? – Bienes Conyugales vs. Propiedad No Marital
Si el nombre de uno de los cónyuges no está en una escritura de propiedad, no significa necesariamente que él o ella no tenga derecho a una parte de la misma Según la ley de Florida, hay dos tipos de bienes: bienes conyugales y bienes no conyugales.
Sobre el divorcio y qué derechos tengo si mi nombre no está en la escritura pero estoy casado
En caso de divorcio, los tribunales de Florida trabajan para identificar qué bienes en el patrimonio de la pareja son bienes conyugales y cuáles son no conyugales. Mientras que los bienes maritales se dividen entre los ex cónyuges, los bienes no maritales permanecen con el cónyuge que los poseía originalmente.
¿Qué dicen los estatutos sobre qué derechos tengo si mi nombre no está en la escritura pero estoy casado?
Al determinar qué bienes pueden clasificarse como bienes conyugales o no conyugales, los Estatutos de Florida §61.075 establecen que “el tribunal debe comenzar con la premisa de que la distribución debe ser equitativa, a menos que exista una justificación para una distribución desigual basada en todos los factores relevantes, incluido:
- La contribución al matrimonio de cada cónyuge, incluidas las contribuciones para el cuidado y educación de los hijos y los servicios como ama de casa
- Las circunstancias económicas de las partes
- La duración del matrimonio
- Cualquier interrupción de carreras personales u oportunidades educativas de cualquiera de las partes
- La contribución de un cónyuge a la carrera personal u oportunidad educativa del otro cónyuge
- La conveniencia de conservar cualquier activo, incluido un interés en un negocio, corporación o práctica profesional, intacto y libre de cualquier reclamo o interferencia por parte de la otra parte
- La contribución de cada cónyuge a la adquisición, mejora y producción de ingresos o la mejora de, o incurrir en pasivos, tanto de los bienes conyugales como de los bienes no conyugales de las partes
- La conveniencia de conservar el hogar conyugal como residencia para cualquier hijo dependiente del matrimonio, o cualquier otra parte, cuando sea equitativo hacerlo, sea en el mejor interés del hijo o de esa parte, y
- Es financieramente factible para las partes mantener la residencia hasta que el hijo se emancipe o hasta que la posesión exclusiva sea rescindida por un tribunal de la jurisdicción competente
- La disipación, desperdicio, agotamiento o destrucción intencional de bienes conyugales después de la presentación de la petición o dentro de los 2 años anteriores a la presentación de la petición
- Cualquier otro factor necesario para hacer equidad y justicia entre las partes”
Ya con esto puede tener una noción clara sobre qué derechos tengo si mi nombre no está en la escritura pero estoy casado en Florida, pues aunque su nombre no esté en la escritura, si puede tener derecho a reclamar su parte justa de los bienes maritales.
¿Qué Sucede Si El Cónyuge Inscrito En La Escritura Fallece En Florida?
A menos que ambos cónyuges firmen un acuerdo prenupcial o postnupcial renunciando a los derechos de herencia sobre el patrimonio del otro cónyuge al fallecer, no es posible desheredar a un cónyuge según la ley de Florida. Este es otro aspecto importante a tomar en cuenta al responder qué derechos tengo si mi nombre no está en la escritura pero estoy casado.
Independientemente de si el nombre de ambos cónyuges está en una escritura de Florida o no, varios mecanismos legales protegen los derechos de un cónyuge sobreviviente respecto al patrimonio del cónyuge fallecido. Incluso si no hay un testamento, la ley de sucesión intestada de Florida salvaguarda el interés de los cónyuges sobrevivientes en el patrimonio del difunto.
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