La resolución y distribución de una propiedad únicamente titulada a nombre de un difunto durante el proceso de sucesión puede ser una tarea compleja. No todos los tipos de propiedades están sujetos a sucesión, ya que la ley de Florida trata de manera diferente ciertos tipos de propiedad.
En este artículo, exploraremos cómo se manejan los apartamentos en cooperativas en los procedimientos de sucesión en Florida.
Entendiendo las Cooperativas en Florida – ¿Son Equivalentes a los Condominios?
Muchos residentes de Florida suelen confundir el concepto de cooperativas con los condominios (también conocidos como «condos»).
El Estatuto de Florida §718.103 (11) define el término «condominio» como una «forma de propiedad de bienes inmuebles (…), que consiste enteramente en unidades que pueden ser propiedad de una o más personas, y en la que hay, inherente a cada unidad, una parte indivisa en elementos comunes».
Cuando una persona compra un condominio en Florida, él o ella es dueño de una «parcela» del condominio «junto con la parte indivisa en los elementos comunes inherentes a la unidad».
Por otro lado, las cooperativas no se «compran» literalmente, ya que el residente de la cooperativa debe convertirse en accionista de la corporación que posee la propiedad. En la mayoría de los casos, residir en una cooperativa requiere la aprobación de una junta de la cooperativa.
Si una persona solicita un préstamo para invertir en una cooperativa en Florida, no se considera un préstamo hipotecario. Mientras desees permanecer en la cooperativa, debes cumplir con ciertas reglas.
Vender la cooperativa a menudo requiere la aprobación de la junta, lo que destaca el hecho de que el individuo que reside en la unidad no es propietario de la cooperativa en su totalidad.
En la mayoría de los casos, las cooperativas no ofrecen un beneficio económico positivo en comparación con diferentes formas de propiedad. Esto incluye los gastos involucrados en el proceso, como las tarifas de la asociación de propietarios, los impuestos, etc.
Propiedad en Cooperativa en Florida – Revisión del Contrato de Cooperativa
Las personas que deseen invertir en una cooperativa en Florida deben consultar con un abogado de bienes raíces experimentado para revisar la documentación involucrada en la transacción, especialmente el contrato de cooperativa.
Es fundamental verificar los CC&R, que son convenios, condiciones y restricciones que vienen con la firma del contrato. Por ejemplo, las cooperativas a menudo tienen restricciones contra las mascotas o prohíben el uso de la propiedad con fines de alquiler.
Cooperativas y Sucesiones en Florida – En Detalle
Según la ley de Florida, una cooperativa debe ser tratada como propiedad real para fines de sucesión. Si un residente de Florida fallece siendo el único titular de una cooperativa, la propiedad debe pasar por el proceso de sucesión.
Sorprendentemente, las cooperativas están parcialmente sujetas a la protección del hogar estipulada en la Constitución de Florida. Durante la sucesión, las leyes estatales regulan las cooperativas en cuanto a la exención en ventas forzadas, reclamaciones de acreedores y algunas implicaciones fiscales.
Sin embargo, las cooperativas no disfrutan de protección de hogar en lo que respecta a los derechos de herencia, que definen condiciones específicas sobre la disposición y descendencia.
Es fundamental recordar que el verdadero propietario de la cooperativa es una entidad corporativa. Cuando alguien compra una cooperativa, esa persona se convierte en accionista de una corporación. Como parte de los derechos de los accionistas, el individuo tiene derecho al uso exclusivo de esa propiedad con fines residenciales.
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