En Florida, es probable que el patrimonio de cualquier persona que fallezca con bienes titulados únicamente a su nombre se someta a un proceso de sucesión. El Código de Sucesiones de Florida tiene reglas legales específicas para determinar si el patrimonio de un difunto está sujeto a sucesión.
Sin embargo, ¿existen alternativas al proceso de sucesión en Florida? Esta guía preparada por nuestro equipo de Jurado & Associates, P. A. le brindará las respuestas que anda buscando.
Alternativas Al Proceso de Sucesión en Florida: Los Procedimientos Testamentarios
Hay dos tipos de procesos de sucesión en Florida: administración formal y administración sumaria.
La administración sumaria es una forma acelerada de sucesión, que se aplica en caso de que el valor total del patrimonio del difunto sujeto a sucesión no exceda los $75,000 o el difunto haya estado muerto por más de dos años.
En la mayoría de los casos, la ejecución de una sucesión sujeta a administración sumaria puede concluir en unas pocas semanas.
Por el contrario, la administración formal puede requerir más de seis meses para completarse (incluso años, si hay litigios involucrados en el proceso).
¿Qué Alternativas Al Proceso de Sucesión en Florida Existen?
Ahora que ya conoce los dos tipos principales de sucesión, veamos las alternativas al proceso de sucesión que existe en Florida.
Alternativas Al Proceso de Sucesión en Florida: Disposición Sin Administración
Cuando el patrimonio de una persona fallecida es particularmente pequeño, puede calificar para la disposición de bienes sin administración. Según lo dispuesto por los Estatutos de Florida §735.301 (1), “no se requerirá administración ni se instituirán procedimientos formales sobre el patrimonio de un difunto que deje únicamente:
- Los bienes muebles exentos en virtud de lo dispuesto en el art. 732.402
- Propiedad personal exenta de los reclamos de los acreedores bajo la Constitución de Florida
- Bienes muebles no exentos cuyo valor no exceda la suma del monto de los gastos funerarios preferidos y los gastos médicos y hospitalarios razonables y necesarios de los últimos 60 días de la última enfermedad”.
Alternativas Al Proceso de Sucesión en Florida: ¿Qué Se Considera Propiedad Exenta?
Según los Estatutos de Florida §732.402 (2), “la propiedad exenta consistirá en:
- Mobiliario doméstico, enseres y electrodomésticos en el lugar de residencia habitual del difunto hasta un valor neto de $20,000 a la fecha de la muerte
- Dos vehículos motorizados (…), que, individualmente en cuanto a dicho vehículo motorizado, no tengan un peso bruto vehicular superior a 15,000 libras, que estén a nombre del difunto y que el difunto o los miembros de la familia inmediata del difunto utilicen regularmente como su vehículos de motor personales
- Todos los programas de matrícula calificados autorizados por s. 529 del Código de Rentas Internas de 1986
- Todos los beneficios pagados conforme a Fla. Stat. §112.1915 (beneficios por fallecimiento del educador)”.
Un tribunal de Florida puede autorizar la transferencia de los bienes de un difunto a sus herederos legítimos bajo disposición sin administración al determinar la elegibilidad del patrimonio.
Probar la elegibilidad de un patrimonio implica presentar documentos de respaldo, como copias de facturas médicas, facturas funerarias y una descripción de la propiedad del difunto.
Por ello, si el patrimonio en cuestión cumple con las especificaciones de los estatutos, lo mejor que puede hacer es proceder con una disposición sin administración, una de las mejores alternativas al proceso de sucesión en Florida.
Alternativas Al Proceso de Sucesión en Florida: Traspasar Propiedades Fuera De la Sucesión
Es posible traspasar bienes después de la muerte sin usar necesariamente un testamento. Según la ley de Florida, ciertos bienes no están sujetos a sucesión, lo que incluye:
- Cualquier propiedad titulada a nombre de un fideicomiso
- Cualquier bien inmueble mantenido en régimen de arrendamiento por la totalidad
- Cualquier bien inmueble en régimen de tenencia conjunta con derechos de supervivencia
- Cuentas de jubilación (p. ej., IRA, 401K, etc.)
- Cuentas bancarias o de corretaje de propiedad conjunta
- Cuentas pagaderas a la muerte (POD) y transferencia vía escritura en caso de muerte (TODD)
- Seguros de vida o cuentas relacionadas con corretaje que enumeren un beneficiario que no sea el propietario y el patrimonio en sí.
Lo mejor es trabajar con un abogado con experiencia en los procesos de sucesión en Florida, para eximir a la mayor cantidad de activos y propiedades posible, y a si pueda usted obtener los mayores beneficios, o dejárselo así a sus herederos.
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Si desea evitar la sucesión y obtener los bienes y activos que le corresponden, entonces podemos ayudarle. Llámenos hoy al (305) 921-0976 o envíenos un correo electrónico a [email protected] para programar una consulta.