Bajo ciertas circunstancias, es posible reabrir un patrimonio testamentario en Florida. Por ello, en caso desee hacerlo, este artículo le brindará toda la información que necesita, gracias al equipo de sucesiones de Jurado & Associates, P. A.
Aquí descubrirá en qué situaciones se puede reabrir un patrimonio testamentario y cómo lograrlo, para que así pueda afrontar su caso de la mejor manera.
¿Se Puede Reabrir Un Patrimonio Testamentario En Florida? – Introducción
Cuando el patrimonio de una persona fallecida se administra formalmente en Florida, el cierre de la sucesión requiere que el representante personal presente una Petición de descargo, Plan de distribución y Contabilidad final.
Una vez recibidos los documentos, el tribunal que juzga el caso puede dictar una Orden de descargo, un documento que establece que el representante personal ha ejecutado debidamente todosdesuo/sus deberes para con las partes interesadas.
Una persona interesada puede objetar una Petición de descargo. En tales casos, el tribunal llevará a cabo una audiencia antes de emitir finalmente la Orden de descargo para cerrar el patrimonio. En consecuencia, el tribunal podría acordar modificar la Petición de finiquito o el Plan de distribución antes de cerrar el patrimonio por completo.
Análisis Detallado Sobre Si Se Puede Reabrir Un Patrimonio Testamentario En Florida
En muchos casos, el tribunal de sucesiones puede cerrar administrativamente un patrimonio sujeto a sucesión. Por lo tanto, mientras no se descargue al representante personal, la administración de la herencia permanece suspendida hasta que una nueva orden judicial determine lo contrario.
El cierre administrativo de un patrimonio ocurre en situaciones en las que el patrimonio no se cierra dentro del plazo establecido inicialmente por el tribunal. En la mayoría de los casos, el plazo es de doce meses contados a partir de la fecha de emisión de las Cartas de Administración .
También es posible en situaciones en las que un representante personal fallece, se vuelve mental o físicamente incapaz de ejecutar la sucesión o simplemente pierde interés en cumplir su función.
Es crucial señalar que estas disposiciones se aplican a las sucesiones ejecutadas bajo administración formal . Bajo la administración sumaria de Florida, el patrimonio sujeto a sucesión no se abre ni se cierra, ya que no se nombra un representante personal.
En la administración sumaria, al proporcionar la notificación adecuada a todas las personas interesadas, una de las personas interesadas puede solicitar al tribunal que emita una orden de administración sumaria . De esta manera, el tribunal dirigirá la propiedad de los bienes del difunto bajo la custodia del estado a sus legítimos beneficiarios y herederos.
¿Se Puede Reabrir Un Patrimonio Testamentario Cerrado En Florida? – Según Lo Dispuesto Por La Ley
Según lo dispuesto por el Estatuto de Florida §733.903, “la liquidación final de un patrimonio y la descarga del representante personal no impedirán la administración posterior. La orden de liberación no puede ser revocada en base al descubrimiento de un testamento o testamento posterior.”
La regla de sucesiones de Florida 5.460 especifica que “si, después de que se cierra un patrimonio, se descubren bienes adicionales del difunto o si se requiere una administración adicional del patrimonio por cualquier otro motivo, cualquier persona interesada puede presentar una petición para una administración adicional del patrimonio. ”
Por lo tanto, “la petición se radicará en el mismo expediente testamentario que la administración original”. Adicionalmente, la misma regla dispone que “en la petición se expresará:
- el nombre, la dirección y el interés del peticionario en el patrimonio
- la razón de una mayor administración de la herencia
- la descripción, valor aproximado y ubicación de cualquier bien no incluido entre los bienes de la administración anterior, y
- una declaración de la reparación solicitada”
Es crucial señalar que “a menos que se requiera, el tribunal no necesita revocar la orden de descarga, volver a emitir cartas o exigir una fianza”, solo ingresar dichas órdenes según corresponda.
¿Necesita Reabrir Un Patrimonio Testamentario Cerrado En Florida? – Comuníquese De Inmediato Con Un Abogado Experimentado En Sucesiones De Jurado & Associates, PA
No se exponga a la incertidumbre: comuníquese de inmediato con un abogado experto en sucesiones de Jurado & Associates, PA llamando al (305) 921-0976 o enviando un correo electrónico a [email protected] para programar una consulta.