Lidiar con la muerte de un cónyuge es una situación angustiosa emocionalmente. Por ello, es normal encontrarse con personas que se preguntan qué sucede si mi esposo fallece con la casa a su nombre en Florida, dejando una esposa sobreviviente.
Por lo tanto, el equipo de Jurado & Associates, P. A. ha creado esta guía, para enseñarle la respuesta a qué sucede si mi esposo fallece con la casa a su nombre en Florida.
¿Qué Sucede Si Mi Esposo Fallece con la Casa a su Nombre en Florida? – Sobre La Propiedad o Vivienda Familiar
La Constitución de Florida define la propiedad familiar como la residencia principal de un individuo dentro de un municipio en lotes de hasta medio acre o una residencia fuera de un municipio hasta 160 acres contiguos.
El Artículo X, Sección 4 de la Constitución de Florida establece que ningún fallo en favor de un acreedor puede obligar a la venta de una vivienda para pagar el monto adeudado (salvo algunas excepciones). Además, las sentencias registradas no se adjuntan a una propiedad familiar ni se convierten en un gravamen contra la propiedad.
¿Qué sucede si mi esposo fallece con la casa a su nombre? – La protección de la ley de Florida
El mismo artículo especifica que “la vivienda familiar no estará sujeto a enajenación si al propietario le sobreviven cónyuge o hijo menor de edad, salvo que la vivienda familiar podrá enajenarse al cónyuge del propietario si no hubiere hijos menores de edad. ”
Además, “el propietario de un inmueble familiar, junto con el cónyuge si es casado, puede enajenar el inmueble familiar por hipoteca, venta o donación y, si es casado, puede transferir por escritura el título de una propiedad en su totalidad con el cónyuge. Si el propietario o el cónyuge son incapaces, la forma de enajenación o gravamen será la que establezca la ley.”
Análisis Completo Sobre Qué Sucede Si Mi Esposo Fallece con la Casa a su Nombre en Florida
En varios casos, la mejor opción para las parejas casadas es tener el título de una propiedad familiar bajo tenencia por la totalidad. Esta forma de propiedad es exclusiva para parejas casadas en Florida.
A diferencia de otras formas de copropiedad, cada inquilino posee la totalidad de la vivienda en lugar de tener un interés parcial en la propiedad. En tal caso, ambos inquilinos tienen derecho a los derechos de supervivencia.
Si uno de los cónyuges fallece, el cónyuge sobreviviente se convierte automáticamente en el único propietario de la propiedad sin necesidad de sucesión. Lidiar con una situación en la que una propiedad se tituló únicamente a nombre de uno de los cónyuges es más complejo.
Si un esposo fallece sin haber agregado a su esposa al título de la vivienda familiar, puede que tenga que pasar por sucesión. La situación es aún peor si el esposo fallece sin un testamento, dejando la parte de la casa de la esposa sobreviviente expuesta a las leyes de sucesión intestada.
¿Qué sucede si mi esposo fallece con la casa a su nombre? – En relación a la sucesión intestada
Si bien el cónyuge sobreviviente tiene varios derechos bajo la ley de intestado de Florida, la falta de un último testamento adecuado creará problemas innecesarios una vez que el dueño de la propiedad fallezca. Los cónyuges sobrevivientes tienen derecho a un patrimonio vitalicio en la vivienda familiar, mientras que los hijos del difunto tienen un interés restante.
Este tipo de división tiende a generar situaciones problemáticas, tales como:
- Dificultades para refinanciar una hipoteca existente sobre la propiedad
- La persona con derecho a un patrimonio vitalicio en la propiedad necesita el consentimiento de los demás beneficiarios para administrar, transferir o vender la propiedad
En definitiva, cada caso es diferente. Consulte con un abogado especializado para encontrar una solución efectiva para su situación.
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