Si bien es un aspecto que se descuida en la vida de muchos, la planificación patrimonial es fundamental para asegurar que sus deseos y su legado se realicen según lo usted lo haya previsto. Por consiguiente, es esencial no solo proteger su patrimonio y su familia al momento de fallecer, sino también prepararse para un evento de incapacidad o problemas graves de salud.
En este contexto, es esencial saber la diferencia entre un testamento en vida y una designación de sustituto de atención médica en Florida.
Tanto los testamentos en vida como las designaciones de sustitutos para la atención médica ofrecen valiosas herramientas legales para nombrar a una persona de confianza para que actúe en su nombre en caso de quedar física o mentalmente incapacitado.
Por ello, en este artículo el equipo de Jurado & Associates, P. A. le dejará saber cuál es la diferencia entre un testamento en vida y una designación de sustituto de atención médica.
Diferencia Entre Un Testamento en Vida y una Designación de Sustituto de Atención Médica en Florida
Muchas personas tienden a confundir los términos testamento y testamento en vida. Aunque ambos son parte de una planificación patrimonial completa, poseen objetivos inherentemente distintos.
Testamentos vs. Testamentos en Vida
Generalmente conocido como testamento, es el documento donde el testador (la persona que crea el testamento) detalla todas las instrucciones específicas para regir la transferencia de su propiedad a los beneficiarios seleccionados tras su muerte. El último testamento toma efecto tras el fallecimiento del testador.
Por otro lado, los testamentos en vida son documentos legales que contienen determinaciones específicas sobre qué tratamientos médicos aceptaría o no aceptaría en caso de que no pudiera decidir por sí mismo.
Por lo tanto, el alcance de una vida abarcará varias decisiones con respecto a los tratamientos médicos de soporte vital, como el uso de:
- Medicamentos para el control del dolor
- Resucitación cardiopulmonar (RCP)
- Alimentación por sonda
- Antibióticos
- Medicamentos antivirales
- Ventilacion mecanica
- Cuidados paliativos
- Donaciones de órganos
- Ventilacion mecanica
- Diálisis
Un testamento en vida bien redactado debe abordar la mayor cantidad posible de decisiones. Por lo tanto, es crucial consultar con un médico y un abogado especialista para determinar las disposiciones que se incluirán en el documento.
Análisis Detallado Sobre La Diferencia Entre Un Testamento en Vida y una Designación de Sustituto de Atención Médica en Florida
Por otro lado, una designación de sustituto de atención médica es un documento legal en el que usted (el interesado) concede a otra persona (el agente) el permiso para tomar decisiones de atención médica en su nombre.
En consecuencia, el rango de acción de una designación de sustituto de atención médica puede variar según el grado de autoridad otorgado por la persona que elabora el documento. Por tanto, las decisiones del agente pueden ser tan concretas o generales como lo decida el interesado.
Es posible también emplear una designación de sustituto de atención médica para vetar ciertos tipos de procedimientos médicos. Mientras el interesado esté vivo, puede expandir el documento para abarcar otros procedimientos, incluyendo tratamientos experimentales.
Diferencia Entre Un Testamento en Vida y una Designación de Sustituto de Atención Médica en Florida: ¿Es Posible Evitar La Tutela?
Aunque es factible eludir la tutela con un plan de herencia bien estructurado que incluya tanto un testamento en vida como una designación de sustituto para la atención médica, muchos casos requerirán obligatoriamente un tutor designado por el tribunal, sin importar la existencia de otras herramientas legales.
Por ejemplo, si una persona incapacitada se niega a continuar residiendo en un centro de asistencia residencial o en un hogar de ancianos, solo un tutor con la autoridad concedida por el tribunal puede autorizar al centro a limitar a la persona incapaz y evitar que abandone las instalaciones.
Arme Un Plan Patrimonial Que Proteja Sus Deseos con Jurado & Associates, P. A.
La vida es impredecible, por lo tanto, debe armar su plan patrimonial desde hoy. Llame hoy a la abogada Romy B. Jurado al (305) 921-0976 o envíe un correo a [email protected] para programar una consulta.