Cuando alguien fallece siendo el único titular de activos a su nombre, el patrimonio del difunto probablemente pasará por el proceso de sucesión testamentaria. Durante este proceso, un tribunal supervisará y garantizará que la transferencia de estos activos se realice de acuerdo con las disposiciones del último testamento.
¿Qué sucede si el difunto falleció sin testamento en Florida? Sigue leyendo para descubrirlo.
Transferencia de Propiedad Después de la Muerte sin Testamento en Florida – Lo Básico
El patrimonio de un residente fallecido de Florida que murió sin testamento se considera «intestado» según la ley estatal. El último testamento es el documento que establece cómo se deben distribuir los bienes de alguien a sus beneficiarios legítimos tras su fallecimiento.
Sin un testamento que especifique cuándo y cómo transferir los activos del difunto tras su muerte, el tribunal debe seguir un conjunto de reglas estatutarias predeterminadas en la distribución. Otro aspecto de la ley de intestados de Florida es el nombramiento de un representante personal.
En la mayoría de los casos, la persona designada en el tribunal como representante personal (o ejecutor) fue designada en el testamento del difunto. En los patrimonios intestados, el nombramiento de un representante personal también debe seguir un orden de preferencia estatutario.
Transferencia de Propiedad Después de la Muerte sin Testamento en Florida – Explicando el Orden de Preferencia
Cuando el tribunal está nombrando a un representante personal, el Estatuto de Florida §733.301 (1)(b) especifica que «se observará el siguiente orden de preferencia en los patrimonios intestados:
- El cónyuge sobreviviente
- La persona seleccionada por mayoría de interés de los herederos
- El heredero más cercano en grado. Si hay más de uno, el tribunal puede seleccionar al mejor calificado»
Además, la ley de intestados de Florida tiende a privilegiar al cónyuge sobreviviente del difunto en la distribución de patrimonios intestados. Como lo establece el Estatuto de Florida §732.102, «la porción intestada del cónyuge sobreviviente es:
Si no hay descendientes sobrevivientes del difunto, la totalidad del patrimonio intestado
Si el difunto es sobrevivido por uno o más descendientes, todos los cuales también son descendientes del cónyuge sobreviviente, y el cónyuge sobreviviente no tiene otro descendiente, la totalidad del patrimonio intestado
Si hay uno o más descendientes sobrevivientes del difunto que no son descendientes lineales del cónyuge sobreviviente, la mitad del patrimonio intestado
Si hay uno o más descendientes sobrevivientes del difunto, todos los cuales también son descendientes del cónyuge sobreviviente, y el cónyuge sobreviviente tiene uno o más descendientes que no son descendientes del difunto, la mitad del patrimonio intestado»
Si el difunto no es sobrevivido por un cónyuge, los descendientes heredan el patrimonio intestado en partes iguales. Si el difunto no es sobrevivido ni por un cónyuge ni por descendientes, los miembros de la familia más cercanos del difunto heredan el patrimonio siguiendo un orden de preferencia específico.
¿Es Posible Evitar la Intestancia en Florida sin un Testamento?
El último testamento es el elemento clave de un plan patrimonial bien elaborado, pero debes entender que la propiedad heredada a través de un testamento debe pasar por el proceso de sucesión testamentaria antes de su distribución.
Dependiendo del tamaño y valor de un patrimonio sujeto a administración supervisada por el tribunal, la sucesión testamentaria puede resultar en una experiencia estresante para los beneficiarios. El mejor enfoque es trabajar con un abogado experto para redactar un testamento sólido y confiar en herramientas legales alternativas para transferir la propiedad tras la muerte fuera de la sucesión testamentaria.
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