La ley de Florida cuenta con sólidas disposiciones para proteger el derecho de sus residentes a ser propietarios, ocupar, vender, regalar o transferir la propiedad de bienes raíces. El estado tiene un conjunto de reglas estatutarias para garantizar el cumplimiento legal en cualquier documento que afecte la propiedad.
En este artículo, encontrarás los requisitos legales para ejecutar una escritura de cesión de derechos en Florida.
Requisitos para la Escritura de Cesión de Derechos en Florida – Lo Básico
Los elementos básicos en una escritura de cesión de derechos incluyen los nombres y direcciones del cedente (la persona que transfiere la propiedad) y del cesionario (el nuevo propietario de la propiedad que se está transfiriendo).
Aunque las escrituras de cesión de derechos rara vez se utilizan en transacciones que involucran el intercambio de dinero, el cedente puede incluir una contraprestación para describir la cantidad de dinero pagada por el cesionario.
El documento debe incluir una descripción escrita formal de la propiedad, que no puede ser confundida con la dirección postal de la propiedad.
Una vez completada la escritura de cesión de derechos, el cedente debe firmar el documento con dos testigos y un notario. La escritura debe ser registrada en el condado donde se encuentra la propiedad para garantizar una cadena de título ininterrumpida y notificar públicamente el cambio de propiedad.
Si la propiedad que se está transfiriendo es un hogar y el cedente está casado, el cónyuge debe firmar la escritura, independientemente de si la propiedad está legalmente titulada a nombre de ambos cónyuges.
Requisitos para la Escritura de Cesión de Derechos en Florida – Según lo Establecido por la Ley
Según lo dispuesto por los Estatutos de Florida §695.26 (1), «ningún instrumento mediante el cual se transfiera, ceda, grave o disponga de cualquier interés en bienes raíces o en cualquier parte de ellos se registrará por el secretario del tribunal del circuito a menos que:
- El nombre de cada persona que haya ejecutado dicho instrumento esté impreso, mecanografiado o sellado legiblemente en dicho instrumento inmediatamente debajo de la firma de dicha persona y la dirección postal de cada persona esté impresa, mecanografiada o sellada legiblemente en dicho instrumento.
- El nombre y la dirección postal de la persona natural que preparó el instrumento o bajo cuya supervisión se preparó estén impresos, mecanografiados o sellados legiblemente en dicho instrumento.
- El nombre de cada testigo del instrumento esté impreso, mecanografiado o sellado legiblemente en dicho instrumento inmediatamente debajo de la firma de dicho testigo.
- El nombre de cualquier notario público u otro funcionario autorizado para tomar reconocimientos o pruebas cuya firma aparezca en el instrumento esté impreso, mecanografiado o sellado legiblemente en dicho instrumento inmediatamente debajo de la firma de dicho notario público u otro funcionario autorizado para tomar reconocimientos o pruebas.
- Un espacio de 3 pulgadas por 3 pulgadas en la esquina superior derecha de la primera página y un espacio de 1 pulgada por 3 pulgadas en la esquina superior derecha de cada página subsecuente estén reservados para uso del secretario del tribunal, y
- En cualquier instrumento que no sea una hipoteca que transfiera o pretenda transferir cualquier interés en bienes raíces, el nombre y la dirección postal de cada cesionario en dicho instrumento estén impresos, mecanografiados o sellados legiblemente en dicho instrumento».
Si bien los requisitos estatutarios para ejecutar una escritura de cesión de derechos no son abrumadoramente complejos, el mejor enfoque es consultar con un abogado experimentado de Florida para garantizar el cumplimiento legal completo.
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