Durante la legalización de sucesiones en Florida, los acreedores de un difunto tienen derecho a ser notificados de que el difunto ha fallecido y que está pendiente un procedimiento de administración de sucesiones. La ley requiere específicamente que el representante personal de un patrimonio entregue un aviso a los acreedores directamente a todos los acreedores conocidos del difunto. Además, el representante personal debe publicar el aviso a los acreedores en un periódico local del condado donde se administra el patrimonio una vez por semana durante dos semanas consecutivas. El propósito de este aviso es brindarles a los acreedores una oportunidad justa para presentar sus reclamos contra el patrimonio.
Según la ley de Florida, los acreedores deben presentar sus reclamos contra el patrimonio dentro de un período de 90 días a partir de la fecha de la primera publicación del aviso a los acreedores en un periódico local, o 30 días después de recibir la notificación directa a los acreedores, lo que sea sucede más tarde. Todas las reclamaciones de los acreedores que no se presenten dentro de este límite de tiempo están prohibidas para siempre. Además, el Código Testamentario de Florida impone una restricción a todas las reclamaciones de los acreedores contra el patrimonio presentadas más de dos años después de la fecha de muerte del difunto.
Una vez que el período de tiempo para presentar reclamos de acreedores (conocido como «período de acreedor») ha expirado, el representante personal del patrimonio puede presentar objeciones a cualquier reclamo de acreedor pendiente. Si se presentan objeciones en el proceso de sucesión, se requiere que un acreedor inicie una acción independiente contra el patrimonio, que se realiza mediante la presentación de una queja dentro de los 30 días a partir de la fecha en que se presentó formalmente la objeción. Si no se inicia una acción independiente por parte de un acreedor dentro de este período de tiempo, el tribunal de sucesiones puede prohibir el reclamo.
Todas las reclamaciones de los acreedores pendientes cuando se cierre la administración del patrimonio se pagarán en un orden de prioridad, que es impuesto por el código de sucesiones de Florida. Después de satisfacer todas las reclamaciones de los acreedores de una clase anterior, si un patrimonio no es suficiente para satisfacer todas las reclamaciones de los acreedores de una clase junior, se pagará a los acreedores de la clase junior en proporción a sus respectivas reclamaciones.
¿Eres acreedor de un patrimonio en Florida? Aquí está lo que necesitas saber
A veces, la gente es acreedora y ni siquiera lo sabe.
Los acreedores en Florida tienen derechos según la ley de Florida sobre el dinero que les adeuda una persona que, lamentablemente, falleció. Cuando alguien fallece en Florida debiendo dinero o bienes a otros, el patrimonio de Florida es responsable de pagar las deudas del difunto. La pregunta aquí es: ¿eres acreedor? Considere lo siguiente para responder esa pregunta:
- Si prestó dinero a una persona que falleció en Florida y su deuda nunca se saldó, es un acreedor.
- Si usted es el cónyuge sobreviviente de alguien que falleció y hubo un acuerdo prenupcial, entonces es un acreedor.
Como se mencionó anteriormente, el representante personal de un patrimonio en Florida es responsable de notificar a los acreedores que se está administrando el patrimonio y usted tendrá 90 días para presentar un reclamo por escrito contra el patrimonio para solicitar el pago del dinero que se le debe.
Si usted es un acreedor que ha celebrado un contrato o un acuerdo prenupcial con el difunto, debe presentar un reclamo que debe incluir una copia adjunta del contrato o acuerdo.
Una vez que presente un reclamo, el representante personal del patrimonio tendrá un año calendario para satisfacer su reclamo a partir de la fecha de la publicación inicial del aviso a los acreedores. Sin embargo, este plazo puede extenderse en determinadas circunstancias.
Cuando se trata de sucesiones, Florida tiene una ventana bastante corta para que los acreedores de un patrimonio ejerzan sus derechos. La ayuda de abogados testamentarios de Florida con experiencia que saben cómo funciona el proceso de sucesiones y comprenden los matices de la ley es crucial para los acreedores.
En los patrimonios testamentarios de Florida, las reclamaciones de los acreedores son una fuente común de litigio. No importa cuán grande o pequeño sea, casi todos los bienes testamentarios en Florida tienen acreedores que presentan reclamos en su contra. Si usted es un acreedor o el representante personal de un patrimonio que está tratando de entender los derechos de los acreedores bajo el Código Testamentario de Florida, consultar con un Abogado de Sucesiones de Florida con experiencia es el mejor curso de acción para usted.
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